La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado por la Fundación Servicio Jesuita al Migrante y la Corporación de Asistencia Judicial y anuló los decretos de expulsión, dictados por la Intendencia Regional, de 26 ciudadanos venezolanos, colombianos y dominicanos, quienes habrían ingresado clandestinamente al territorio nacional.
En fallo dividido (causa rol 190-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Zavala Fernández, José Delgado Ahumada y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas– dejó sin efecto las resoluciones exentas que ordenaron la salida obligada del país de los amparados, tras establecer que la medida resulta desproporcionada, ilegal y sin fundamento.
La resolución agrega que: “En lo que se refiere al delito de ingreso ilegal al país, la ley solo admite la expulsión, una vez cumplida la condena respectiva, resultando inadecuado asilarse en el Reglamento para acceder a esta segunda posibilidad, de forma independiente de la acción penal, toda vez que se trata de un cuerpo legal de menor jerarquía de la ley, siendo solo esta última la que por mandato Constitucional puede establecer limitaciones o restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales”.
“Que, así las cosas, la resolución de expulsión atacada, deviene en ilegal por ausencia de fundamentos, además de desproporcionada, motivo por el cual la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de cada uno de los amparados, sujetos a la medida de expulsión del territorio nacional”, concluye.