Desde el jueves 15 de abril de 2021 a partir de las 21 horas, definitivamente se terminaron las restricciones a la venta de bienes no esenciales, de estas manera el comercio catalogado como “no esencial” podrá retomar la venta y compra de artículos mediante canales digitales, así como también los comerciantes que venden productos en lugares con permiso de funcionamiento, como los supermercados y negocios establecidos, y se agrega la medida de desplazamiento para que los adultos mayores desde 80 años puedan salir a comprar los fines de semana y feriados hasta las 10.30 horas, sin necesidad de portar un permiso.,
EL COMERCIO
Se terminaron las restricciones para los alimentos y bebestibles, productos sanitarios y farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica y de higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
Todos los relativo a la limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes. Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebé e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.
Asimismo artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidados. Todo lo relativo al mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.
Se pueden adquirir bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia como equipos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
No hay restricciones para productos de oficina, libros, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, utensilios de cocina, el, elementos para la conservación y manipulación de alimentos y desecho de alimentos y residuos. Artículos de dormitorio, baño y limpieza.
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Electrodomésticos, línea blanca, ferretería, muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.. Iluminación y “otros bienes”, tales como pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles, neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos, entre otros.
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