Miércoles, Abril 24, 2024
Regional

La Corte rechazó recurso por discriminación a concejala

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de protección presentado por la concejala Miriam Arenas Sandoval en contra de la Municipalidad y los integrantes del Concejo Comunal, por una presunta discriminación de género al ser apagado su micrófono cuando hacía uso de la palabra en la sesión pública.

La acción constitucional fue rechazada en fallo unánime (causa rol 1206–2020), en la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Marcelo Urzúa Pacheco, José Delgado Ahumada y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas.

El fallo alude al Reglamento de Funcionamiento Interno del Concejo de la Municipalidad de Arica, a la Convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979, y que rige como ley en nuestro país, donde se condena la discriminación contra la mujer en todas sus formas.

La resolución de la Corte ordena su observancia en todas las esferas, y en este caso, la pública, atento el contexto en que se han desarrollado los hechos ventilados en el recurso, esto es, una sesión de Concejo, en aras a garantizar el derecho a la igualdad ante la ley.

La Corte rechazó el recurso de protección deducido por la concejal Miriam Arenas Sandoval en contra de los concejales Jorge Mollo, Patricio Gálvez, Juan Carlos Chinga, Jaime Arancibia, Carlos Ojeda, Paul Carvajal, Luis Malla, Daniel Chipana y en contra de la Municipalidad de Arica.

Sin embargo el fallo consigna claramente que “sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, el Alcalde de la I. Municipalidad de Arica, en su calidad de Presidente del Concejo Municipal, deberá adoptar las medidas que correspondan a fin de que se dé estricto cumplimiento al inciso segundo del artículo 32 del Reglamento Interno del referido Concejo aprobado por Decreto Municipal N° 1591 de 2013, que señala que “Ningún concejal podrá ser interrumpido mientras hace uso de la palabra”.

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