Jueves, Marzo 28, 2024
Regional

Denuncian loteos irregulares en valle de Lluta destinados a viviendas

En terreno y con la ley en mano las autoridades acudieron ante la denuncia de las comunidades El Morro, El Porvenir y Valle Hermoso sobre loteos realizados en el valle de Lluta correspondientes a suelos agrícolas menores a 5.000 metros cuadrados, que están siendo comercializados para la construcción de viviendas.

El Decreto Ley 3.516, sin embargo indica que al dividir suelos de este tipo, deben ser al menos de 0.5 hectárea para ser inscritos en el Conservador de Bienes Raíces y que deberán mantener el destino del suelo. La Seremi de Agricultura junto a la Seremi del Ministerio de Obras Públicas, CNR, SAG, oficina técnica de Minvu y el departamento de Inspección de la Dirección de Obras Municipalidad tomaron cartas en el asunto.

A este problema se suma el aislamiento del canal de regadío que cruza dicho sector. Este canal fue revestido por la Comisión Nacional de Riego mediante incentivos que las comunidades involucradas recibieron, sin embargo ahora no pueden administrarlas adecuadamente debido a que las compuertas quedan al interior de los cierres perimetrales o en posiciones que dificultan el acceso y manipulación, lo que supone un perjuicio para la gestión del agua de riego.

Para la Seremi de Agricultura, Ana Cecilia Rojas Escobar “estos loteos significan una amenaza a los sistemas agroproductivos, al ecosistema y al equilibrio socioecológico del sector” y aseguró que las empresas que realizan estas ventas y quienes compran los lotes están incumpliendo la ley, por lo que serán fiscalizadas por SAG, MOP y la Municipalidad de Arica, quedando expuestas a las respectivas sanciones.

Se debe recordar que las  sanciones por lotear terrenos de manera irregular tienen multas a beneficio fiscal equivalente al 200% del avalúo del predio dividido, vigente al momento de pagarse la multa. En los casos que estipule la ley, el Juez de Policía Local conjuntamente con la aplicación de la multa, procederá a decretar la paralización de las obras o su demolición a costa del infractor según corresponda y en caso de reincidencia, la multa establecida en este artículo se duplicará.

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